PARTICULARIDADES PARA EL INGRESO Y CONDUCCIÓN DE ASPIRANTES EXTRANJEROS
Los extranjeros que inicien el Programa de Doctorado cumplirán los requisitos establecidos en Cuba para la formación de doctores. Se incorporarán a los grupos y líneas de investigación del Programa, y el tiempo que consumará en el país estará fijado por la Comisión Nacional de Grados Científicos de la República de Cuba para la formación de aspirantes extranjeros.
El perfil de ingreso exigirá los siguientes requisitos:
Entregar una carta dirigida al Comité de doctorado, manifestando el interés de iniciar el proceso de formación doctoral, acompañada con la firma de las autoridades de la institución de procedencia.
Entregar y presentar la fundamentación del tema de aspirante al Comité de doctorado para ser valorado y tramitado.
Una vez aprobada la fundamentación del tema de aspirantura, el estudiante ha de dirigirse con la documentación emitida por el Comité de doctorado, al Departamento de Comercialización, donde se realizará el contrato establecido en la Resolución No. 9 de fecha 19 de enero de 2017, firmada por el Ministro de Educación Superior. Esta Resolución está relacionada con las tarifas aprobadas en el Ministerio de Educación Superior para la Exportación de Servicios Académicos Internacionales en Cuba (Modo II), la Exportación de Asistencia Técnica hacia el exterior (Modo IV), y otras modalidades establecidas en el Acuerdo General del Comercio de Servicio (AGCS) de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Si el aspirante extranjero es graduado de una institución de Educación Superior Cubana, se deberá cumplir con todo lo establecido anteriormente, excepto en lo relacionado con las legalizaciones del título de graduado de nivel superior, la cual se realizará el en la Secretaría General del CES donde se graduó. El expediente de los matriculados extranjeros contará con los documentos siguientes: